La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, la tarde del jueves 29 de abril de 2021, las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la también conocida como Ley Olimpia, por lo que los infractores se harían acreedores a una pena de hasta seis años de prisión.
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La aprobación en lo general fue posible tras la recepción de 446 votos a favor y uno en contra.
“Con 446 votos en pro y 1 en contra aprueban, en lo general, dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal”, informó la Cámara de Diputados por medio de su cuenta de Twitter.
#ÚltimaHora Con 446 votos en pro y 1 en contra aprueban, en lo general, dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal. pic.twitter.com/My0X6wgcAY
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) April 29, 2021
Mientras que la aprobación en lo particular se produjo tras la recepción de 434 votos en pro y 1 en contra.
“Se aprueba en lo particular el dictamen por el que se adicionan disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal. Pasa al Ejecutivo federal”, publicó la Cámara de Diputados.
#ÚltimaHora 434 votos en pro y 1 en contra. Se aprueba en lo particular el dictamen por el que se adicionan disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal. Pasa al Ejecutivo federal.https://t.co/GZb7PdPOwY
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¿Qué se castigará con las reformas a la Ley Olimpia?
Con las reformas se castigará a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
También se sancionará a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.
Las sanciones a las que se harían acreedores los infractores irían de los tres a los seis años prisión, así como de las 500 a las 1,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Con información de la Cámara de Diputados
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Fuente: Televisa
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