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¿Qué resolvió el TEPJF sobre caso Félix Salgado Macedonio?

Con un voto dividido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que, en un plazo de 48 horas, presente un nuevo proyecto de resolución en el caso de la cancelación de la candidatura a Félix Salgado Macedonio por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) a la gubernatura de Guerrero.

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Los magistrados electorales le piden al INE que en su nueva resolución considere que el derecho humano a ser votado debe privilegiarse.

Le recuerdan que existen otras opciones para sancionar a Salgado Macedonio y a los otros tres precandidatos de Morena, a quienes el INE también prohibió registrar.

Entre ellas la amonestación pública y la multa por lo que le pide individualizar cada sanción de acuerdo con las evidencias.

Reyes Rodríguez y Felipe Fuentes, magistrados del TEPJF, señalaron: “Negar el registro de una candidatura o suspenderla afecta directamente ese derecho y, por ende, esta determinación exige realizarse desde una interpretación proporcional, razonable, que muestre una conexión entre la conducta y las circunstancias de la persona a quien se le está aplicando. Como tribunal constitucional, concluyo, estamos obligados a velar por los derechos humanos y asegurar que cuando se sancione existan valoraciones objetivas, proporcionales y razonables”.

En la sentencia aprobada por cuatro votos a favor y tres en contra, el Tribunal pide que se aplique una sanción proporcional a la falta de no haber presentado informes de gastos de campaña, pero que recuerde que los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de instancias internacionales en la materia, y del propio TEPJF electoral prevén que el derecho humano a ser votado se debe maximizar en todos los casos.

Reyes Rodríguez y Felipe Fuentes, magistrados del TEPJF, comentaron: “La imposición de la sanción no debe ser tajante, no debe ser automática”.

La mayoría de los magistrados electorales encontraron que Félix Salgado sí tuvo el carácter de precandidato, que sí omitió presentar su informe de gastos de campaña y que sí apareció en videos promoviéndose como precandidato en sus cuentas de redes sociales.

Sin embargo, piden al INE que considere la sanción valorando que es prioridad el derecho a ser votado.

En su sentencia, el TEPJF reconoce también que es facultad del INE aplicar la máxima sanción que es el retiro de la candidatura, pero si lo hace debe prever los términos de la sustitución de la misma.

En el caso de Raúl Morón, a quien el INE también retiró la candidatura al gobierno de Michoacán por Morena, pues tampoco presentó informes de gastos, también deberá presentarse un nuevo proyecto de resolución por parte del Instituto.

Los magistrados electorales confirmaron una multa a Morena de 6 millones 573 mil pesos por la omisión de los informes de gastos de campaña.

Con información de Claudia Flores.
RAMG

Fuente: Televisa

admin

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